¿Qué es el Sistema Nacional de Información (SNI)?
El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, Artículo 33, determina que:
El Sistema Nacional de Información constituye el conjunto organizado de elementos que permiten la interacción de actores con el objeto de acceder, recoger, almacenar y transformar datos en información relevante para la planificación del desarrollo y las finanzas públicas. Sus características, funciones, fuentes, derechos y responsabilidades asociadas a la provisión y uso de la información serán regulados por este código, su reglamento y las demás normas aplicables.
Marco Legal Vigente
La creación y vigencia del Sistema Nacional de Información, se ampara en los siguientes instrumentos legales:
Constitución de la República del Ecuador 2008
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Art. 16, numeral (2).- "Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación".
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Art. 18, numeral (2).- "Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: Acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas."
Código de Planificación y Finanzas Públicas, 2010.
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Artículo 26, numeral (8).- La Secretaría Técnica del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa será ejercida por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.
Para efecto de la coordinación del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo tendrá las siguientes atribuciones: ¿8. Dirigir Dirigir el Sistema Nacional de Información con el fin de integrar, compatibilizar y consolidar la información relacionada al Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
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Artículo 31.- La información para la construcción de las políticas públicas será de libre acceso, tanto para las personas naturales como para las jurídicas públicas y privadas, salvo en los casos que señale la Ley. Para el efecto, la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo tendrá a su cargo el Sistema Nacional de Información.
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo, Senplades, 2016.:
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Artículo 4, literal (e).- Objetivos Institucionales: Proveer a los actores sociales y del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, información sistematizada, pertinente y confiable sobre aspectos relevantes de la realidad nacional, así como de estudios e investigaciones que contribuyan para la planificación del desarrollo.
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Artículo 10.- De la estructura institucional.
La Misión de la Subsecretaría de Gestión de Información:
Establecer los lineamientos para el Sistema Nacional de Información (SNI) y garantizar la operatividad del Sistema Integrado de Planificación e Inversión Pública, en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, aplicando conceptos, metodologías, procesos, tecnologías y servicios inherentes a la gestión de los datos e información para la planificación nacional y territorial.
La Subsecretaría de Gestión de Información se encuentra conformada por 5 (cinco) Direcciones:
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Dirección de Gestión de Normas y Metodologías.- Desarrolla y coordina la elaboración de normas, mecanismos, metodologías y procedimientos para promover la calidad y pertinencia de los datos e información estadística y/o geográfica, en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
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Dirección de Gestión de Coordinación Interinstitucional.- Gestiona la articulación para la administración del Sistema Nacional de Información y, desarrolla la conceptualizació de las herramientas informáticas que forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
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Dirección de Gestión de Información Estadística y Territorial.- Gestiona la disponibilidad de datos e información relevante para los procesos de planificación nacional y territorial, en el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
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Dirección de Gestión de Innovación de las Tecnologías de Información.- Ejecuta los procesos de desarrollo, mantenimiento e implementación de los componentes informáticos que forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa, mediante el uso de nuevas tecnologías de información.
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Dirección de Gestión de Operaciones y Soporte.- Gestiona y administra las operaciones y soporte técnico de las plataformas tecnológicas de los sistemas informáticos que forman parte del Sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa.
Decreto Ejecutivo Presidencial, N° 1577. Febrero 2009.
Disposición General.- Las instituciones públicas dependientes de la Función Ejecutiva que hayan creado, creen y/o administren bases de datos, deberán obligatoriamente integrar su información al Sistema Nacional de Información coordinado por la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo.
Decreto Ejecutivo Presidencial, N° 7. Mayo 2017.
Artículo 7, literal (1).- Le corresponde a la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo el ejercicio de las siguientes atribuciones: 1. Emitir políticas y lineamientos para la generación, gestión y custodia de los registros administrativos y la información estadística intersectorial.